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¿Cuánto dinero reciben Raphael y Julio Iglesias por la pensión de jubilación de los cantantes en España?

Las dos estrellas musicales ya están jubilados y reciben de pensión como cantantes

Fuente: Producción Panorama
La jubilación de los grandes artistas.Fuente: Producción Panorama
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Las leyendas del mundo del arte como Julio Iglesias o Raphael tienen infinidad de beneficios. El mundo los ama, tienen pases de privilegio en todos lados, el reconocimiento de sus fans, generalmente nunca pagan en los restaurantes a los que asisten, y la lista continúa casi infinitamente, pero hay una cosa de la que se benefician a cierta edad que seguramente no habías tenido en cuenta, la jubilación.

Es que las grandes estrellas aportan mucho a lo largo de su carrera mediante los impuestos a la ganancia y todos saben que estos astros del arte ganan mucho. Afortunadamente toda esta actividad está regulada por la Seguridad Social de España entonces, además de aportar brutalmente todos los años, luego por supuesto reciben su jubilación.

Por otro lado, la edad de jubilación para la gente ordinaria que haya cotizado más de 37 años y seis meses es a los 65 años. Pero los artistas se manejan de una manera muy distinta ya que la ley indica que “los cantantes, bailarines y trapecistas podrán causar la pensión de jubilación a partir de los 60 años de edad, sin aplicación de coeficientes reductores, cuando hayan trabajado en la especialidad un mínimo de 8 años durante los 21 anteriores a la jubilación”

Es por ello que artistas como Raphael, Joaquín Sabina, Julio Iglesias o Joan Manuel Serrat que ya han superado los 60 años de edad lógicamente reciben su merecida jubilación. El valor de la misma será directamente proporcional con el aporte que se haya realizado durante su carrera por lo que es imposible saber el número a ciencia cierta pero se estima que es la cotización más alta de todas.

Por último podrá acceder si la compatibilidad de su parte es del 100% con el arte “la norma establece un régimen de compatibilidad de la actividad artística con el 100% de la jubilación, el complemento por maternidad y los porcentajes adicionales reconocidos por jubilación con edad superior a la ordinaria”